ABIERTO EL PLAZO PARA SOLICITAR BECAS PARA LIBROS Y MATERIAL DIDÁCTICO DEL SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL
El periodo para solicitar las becas que concede el Ayuntamiento termina el próximo 24 de octubre y se otorgará un máximo de 100 euros por alumno hasta agotar un crédito de 30.000 euros
La
concejalía de Educación ha puesto en marcha las becas, en régimen de
concurrencia competitiva, que concede directamente el Ayuntamiento para la
adquisición de material didáctico y libros de texto para el segundo ciclo de
Educación Infantil del curso 2023/2024 y el periodo para solicitar estas ayudas
estará abierto hasta el 24 de octubre. Las becas concedidas serán de un máximo
de 100 euros por alumno hasta agotar el crédito presupuestario, fijado en
30.000 euros.
El
objetivo de este tipo de ayudas es contribuir con las familias del municipio en
la adquisición de libros de texto y material didáctico para el alumnado
matriculado en los centros educativos ubicados en el municipio. El requisito
para obtener estas ayudas será que los ingresos de la unidad familiar en el año
2022, en función del número de miembros, no hayan superado los umbrales
máximos.
El
plazo de solicitud de estas subvenciones está abierto hasta el día 24 de octubre.
Las solicitudes de estas becas se podrán realizar a través de la sede
electrónica del Ayuntamiento de Jumilla o de forma presencial, para lo que será
necesario solicitar cita previa en el 968 782 020 (extensión 332).
Las personas
interesadas deberán presentar solicitud según modelo (se encuentra en la web
municipal) y adjuntar al expediente la factura justificativa de la adquisición
de libros o material didáctico complementario, por cuantía igual o superior a
la cuantía de la ayuda y de fecha anterior al 10 de octubre.
También será
necesario copia compulsada del DNI o NIF de cada uno de los miembros de la
unidad familiar mayor de 18 años, libro de familia, certificado de número IBAN
de la cuenta donde se desea recibir el importe de la ayuda, declaración
responsable de que todos los miembros de la unidad familiar están al corriente
de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, autorización a
recabar datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y
declaración responsable de no haber recibido otra ayuda para la misma
finalidad. No deberá adjuntarse ninguna documentación acreditativa de los
ingresos de la unidad familiar.
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