LA CONCEJALÍA DE MEDIO AMBIENTE RECUERDA QUE LA UTILIZACIÓN DE LODOS COMO ABONO AGRÍCOLA ESTÁ PROHIBIDA DURANTE EL VERANO Y CONLLEVA SANCIÓN
La concejalía de Medio Ambiente recuerda
a la ciudadanía que durante los meses de junio, julio y agosto queda prohibida
la utilización de lodos de depuradora o cualquier estiércol animal como
abono agrícola, ya que afecta negativamente en la calidad de vida,
provocando, en algunos casos, olores desagradables y la proliferación
de moscas y mosquitos, sobre todo cuando la práctica agraria no se hace
correctamente.
Esta acción está llevándose a cabo
durante los últimos años en distintas parcelas del término municipal de Jumilla debido
a que las depuradoras producen miles de toneladas de lodos con un alto
poder fertilizante, utilizable como enmienda para los suelos dada su
riqueza en materia orgánica y nutrientes.
Como todos los veranos, desde Medio
Ambiente del Ayuntamiento de Jumilla se recuerda que se recoge en la ordenanza
municipal sobre Convivencia y Seguridad Ciudadana como infracción muy grave
este hecho y que puede ser sancionado con una multa de 3.000 euros. No
obstante, durante este periodo estival y para darle salida a los lodos
generados por la Estación Depuradora de Aguas Residuales
Municipal, por parte de los técnicos municipales se ha realizado un estudio
exhaustivo de las parcelas del municipio en las que se podrán
verter lodos sin poner en peligro la salud pública de los ciudadanos de
Jumilla, teniendo en cuenta que estén alejadas de cualquier vivienda.
Según ha informado el concejal de Medio
Ambiente en funciones, Juan Gil, como en años anteriores se ha dado instrucciones
al Seprona, a la Policía Local, a los Agentes Medioambientales y
al Servicio Técnico de Medio Ambiente del Ayuntamiento, para que sean
especialmente celosos en el cumplimiento de esta ordenanza. El edil ha
agradecido a los ciudadanos de antemano que: “Se esmeren en su
espíritu de participación cívica”, añadiendo que “si algún vecino sufre
molestias por posibles vertidos de lodos se lo haga saber al Ayuntamiento
para sus efectos y consideraciones oportunas.”
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