La nueva Ley de la PAC exime de autorización a pequeñas y microexplotaciones agrarias para incinerar restos vegetales, mientras que la norma regional sigue prohibiendo esta práctica
Existen ciertas dudas en el
sector agrario regional tras la entrada
en vigor de la nueva ley estatal de la PAC (Política Agraria
Común), que más allá de entrar a regular el reparto de los fondos europeos en
el sector primario abre
la puerta a las quemas agrícolas sin autorización en
pequeñas y microexplotaciones agrarias.
El objetivo ha sido hasta
ahora proteger la buena calidad del
aire y la salud humana. Incluso, tras la aprobación de la Ley
de Residuos, la Consejería de Agricultura sacó adelante el decreto ley que
fijaba un reglamento por el que el agricultor debía solicitar autorización y
presentar un informe técnico para justificar el riesgo fitosanitario. Ahora,
con la nueva Ley de la PAC, que enmienda a la que regulaba la gestión de
residuos en el campo, en la práctica las
quemas agrícolas estarían permitidas en las explotaciones de menos de 50
trabajadores y que facturen menos de 10 millones de euros, por
lo que la práctica totalidad de
los agricultores podrían incinerar sus restos de podas sin pedir el visto bueno
de la administración, según han apuntado varias
organizaciones agrarias a nivel nacional. En la Región, entidades como UPA
Murcia remarcan además que la
Consejería de Agricultura deberá modificar su decreto, vía
Asamblea Regional, para adaptarse a lo que indica la nueva normativa estatal
sobre este tema.
Son los propietarios de terrenos pequeños, quienes se
verían beneficiados del levantamiento del veto, señalan desde
de UPA Murcia.
Pese a todo, desde esta
organización agraria se pide a los agricultores que eviten quemar hasta que la
Consejería de Agricultura no aclare cómo resolverá la regulación de las quemas
agrícolas.
Desde el pasado 2 de enero está en vigor
la nueva Ley de la PAC, que en su artículo 27 deroga la prohibición total que
existía sobre las quemas agrícolas en la Ley de Residuos. La norma menciona
que, «con carácter general, no
está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o
silvícola».
Sin embargo, a partir de aquí se ciñe a
la directiva europea relativa a la reducción
de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos,
y en concreto al apartado que justifica que las medidas que se tomen para
mejorar la calidad del aire no
deben repercutir negativamente en las explotaciones agrícolas pequeñas.
En el texto de la normativa comunitaria se pide que «se limiten en la mayor
medida posible los costes adicionales» a estos agricultores.
Por ello, el nuevo articulado señala que
«las pequeñas y las
microexplotaciones agrarias quedan dispensadas de esta regulación».
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