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La nueva Ley de la PAC exime de autorización a pequeñas y microexplotaciones agrarias para incinerar restos vegetales, mientras que la norma regional sigue prohibiendo esta práctica

 


Existen ciertas dudas en el sector agrario regional tras la entrada en vigor de la nueva ley estatal de la PAC (Política Agraria Común), que más allá de entrar a regular el reparto de los fondos europeos en el sector primario abre la puerta a las quemas agrícolas sin autorización en pequeñas y microexplotaciones agrarias.


El objetivo ha sido hasta ahora proteger la buena calidad del aire y la salud humana. Incluso, tras la aprobación de la Ley de Residuos, la Consejería de Agricultura sacó adelante el decreto ley que fijaba un reglamento por el que el agricultor debía solicitar autorización y presentar un informe técnico para justificar el riesgo fitosanitario. Ahora, con la nueva Ley de la PAC, que enmienda a la que regulaba la gestión de residuos en el campo, en la práctica las quemas agrícolas estarían permitidas en las explotaciones de menos de 50 trabajadores y que facturen menos de 10 millones de euros, por lo que la práctica totalidad de los agricultores podrían incinerar sus restos de podas sin pedir el visto bueno de la administración, según han apuntado varias organizaciones agrarias a nivel nacional. En la Región, entidades como UPA Murcia remarcan además que la Consejería de Agricultura deberá modificar su decreto, vía Asamblea Regional, para adaptarse a lo que indica la nueva normativa estatal sobre este tema.


Son los propietarios de terrenos pequeños, quienes se verían beneficiados del levantamiento del veto, señalan desde de UPA Murcia.


Pese a todo, desde esta organización agraria se pide a los agricultores que eviten quemar hasta que la Consejería de Agricultura no aclare cómo resolverá la regulación de las quemas agrícolas.


Desde el pasado 2 de enero está en vigor la nueva Ley de la PAC, que en su artículo 27 deroga la prohibición total que existía sobre las quemas agrícolas en la Ley de Residuos. La norma menciona que, «con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola».


Sin embargo, a partir de aquí se ciñe a la directiva europea relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, y en concreto al apartado que justifica que las medidas que se tomen para mejorar la calidad del aire no deben repercutir negativamente en las explotaciones agrícolas pequeñas. En el texto de la normativa comunitaria se pide que «se limiten en la mayor medida posible los costes adicionales» a estos agricultores.


Por ello, el nuevo articulado señala que «las pequeñas y las microexplotaciones agrarias quedan dispensadas de esta regulación».

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