Condenado un vivero de plantas de frutales por un delito contra la propiedad industrial por reproducir sin autorización variedades vegetales de frutal
Un
vivero de plantas de frutal de la Región de Murcia ha sido condenado por un
delito contra la propiedad industrial al reproducir sin autorización plantas de
la variedad vegetal de paraguayo “PLATIFUN”, cuyo editor en España es la
entidad INTERNATIONAL PLANT SELECTION (IPS), de la variedad vegetal de almendro
“DIAMAR”, así como bajo la marca registrada “LAURANNE®”.
En
este sentido, el vivero condenado había obtenido material vegetal de las
citadas variedades de origen desconocido y procedido a su reproducción y
multiplicación sin la necesaria licencia de los titulares de derechos sobre
tales variedades y marca registrada.
La
citada sentencia, que es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra ella,
condena al productor a la pena de multa y pago de indemnización por los daños y
perjuicios causados a los titulares de los derechos.
Desde
Geslive se apunta que “la reproducción y producción no autorizada de material
de reproducción de variedades vegetales protegidas de frutal, constituye un
grave problema en las zonas frutícolas españolas”.
Este
fraude masivo tiene graves consecuencias, no sólo para los obtentores de nuevas
variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias
cada año, sino también para todo el conjunto del sector. Constituye una grave
competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados.
Por
otra parte, tal material vegetal producido clandestinamente al margen del
sistema oficial de control y certificación, adolece de garantía alguna de que
pertenezca verdaderamente a la variedad que se indica, de su pureza varietal o
de sus condiciones fito-sanitarias.
En
este sentido, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas
constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión para las persona
físicas, mientras que las personas jurídicas, además de multa, pueden ser
condenadas a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas
públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la
Seguridad Social durante el período de tres a seis años, así como a la
prohibición para contratar con las Administraciones Públicas.
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